Consejo General de Policía

¿Qué es el Consejo General de Policía?

El Consejo General de Policía (CGP) es una instancia de participación y asesoría para coadyuvar a la definición, planificación y coordinación de las políticas públicas en materia policial, así como del desempeño profesional del funcionario o funcionaria; de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 23 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

Está presidido por el Ministro o Ministra del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana. Se encuentra integrado por una representación de los gobernadores o gobernadoras, alcaldes o alcaldesas, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y Defensa Pública. Adicionalmente, el Presidente o Presidenta del Consejo podrá incorporar de forma excepcional a cualquier autoridad que estime pertinente.

¿Qué atribuciones tiene el Consejo General de Policía?

Son atribuciones legales del Consejo General de Policía (CGP) contenidas en el artículo N° 25 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, las siguientes:

  1. Proponer las políticas públicas y los planes en el ámbito policial a nivel nacional.
  2. Proponer la adopción de los estándares del servicio, reglamentos de funcionamiento, manuales de procedimientos, organización común exigida para todos los cuerpos de policía, programas de formación policial y mecanismos de control y supervisión, a fin de uniformar lo necesario y facilitar el desempeño policial dentro de un marco previsible y confiable de actuación, incluyendo la aplicación de programas de asistencia técnica policial.
  3. Recomendar al Órgano Rector la aplicación de los programas de asistencia técnica y la adopción de los correctivos correspondientes.

Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía

¿Qué es la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía?

La Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía es una instancia que sirve de enlace y hace seguimiento a las recomendaciones aprobadas en sesión plenaria, por los integrantes del CGP. Es creada mediante el artículo N° 24 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

Se encarga de facilitar la comunicación entre los organismos que conforman el Sistema Integrado de Policía, así como cualquier otra comisión o grupo de trabajo que se considere pertinente para la consideración de un tema especializado.

¿Qué atribuciones tiene la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía?

Según el Reglamento Orgánico publicado en Gaceta Oficial Ordinaria de fecha 24 de marzo del 2015 bajo el Nº 40.627, mediante Aviso Oficial de la Vicepresidencia de la República, en la cual se corrige por error material el Decreto Nº 1.624 de fecha 20 de febrero del 2015, donde se dicta el Reglamento Orgánico del MPPRIJP, las atribuciones de la Oficina Administrativa de la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía son las siguientes:

1. Dar seguimiento a las recomendaciones del Consejo General de Policía, presidido por el Ministro o Ministra e integrado por representantes de los gobernadores o gobernadoras, alcaldes o alcaldesas, Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo.
2. Servir de enlace y facilitar la comunicación con todas las instancias que conforman el Sistema Integrado de Policía y del Sistema Integrado de Investigación Penal.
3. Coordinar con los despachos de los Viceministros o de las Viceministras del Sistema Integrado de Policía y del Sistema Integrado de Investigación penal, la aplicación de los acuerdos aprobados por el Consejo General de Policía en materia de servicio policial y de investigación penal.
4. Realizar investigaciones, estudios e intercambio científico, dirigidos a fortalecer la formación y el conocimiento especializado del modelo policial bolivariano.

5. Promover, asesorar y acompañar la organización y constitución de los Comités Ciudadanos de Control Policial como instancias de participación popular, orientados a la mejor prestación del servicio policial.
6. Diseñar, actualizar y proponer las metodologías aplicables al sistema de homologación policial en concordancia con el nuevo modelo policial bolivariano.
7. Coadyuvar en el diseño de normas, estándares, dictámenes, doctrinas y protocolos a través de resoluciones, reglamentos o directrices que permitan la alineación de las políticas públicas de seguridad ciudadana.
8. Diseñar e implementar mecanismos de evaluación de la prestación del servicio de policía venezolano con la finalidad de determinar su eficiencia y eficacia, así como efectuar las recomendaciones pertinentes al Consejo General de Policía.

9. Coordinar con las instancias responsables la aplicación de las políticas propuestas por el Consejo General de Policía.
10. Examinar las propuestas que deban ser presentadas a las deliberaciones del Consejo General de Policía, actuando como unidad preparatoria de las sesiones.
11. Preparar las minutas de las reuniones del Consejo General de Policía.
12. Elaborar, suscribir y archivar los documentos relacionados con los actos del Consejo General de Policía.
13. Las demás funciones que le confiera el ordenamiento jurídico aplicable.

Direcciones de la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía

Dirección de Desarrollo Normativo y Políticas Públicas en el Ámbito Policial

Responsable de diseñar normativas y políticas públicas en el ámbito policial, con relación a los servicios de policía ostensiva, investigación penal y ciencias forenses. Este equipo de profesionales produce leyes, normas, protocolos, resoluciones ministeriales, manuales, practiguías para su aprobación en implementación por parte del Órgano Rector.

Dirección de Investigación y Sistematización en el Ámbito Policial

Responsable de generar y difundir conocimiento especializado en materia policial a través del desarrollo de estudios científicos que responden a líneas de investigación que coordina la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía a fin de emitir recomendaciones e impulsar políticas públicas ejecutadas por el Órgano Rector. Este equipo de profesionales produce estudios, informes, sistematizaciones, reportes, entre otros.

Dirección de Participación del Poder Popular en el Ámbito Policial

Responsable de dirigir acciones tendientes a promover, asesorar y acompañar los procesos de constitución y organización de los Comités Ciudadanos de Control Policial, como instancias de participación popular que ejercen la contraloría externa a los Cuerpos de Policía del país. Así mismo, es responsabilidad de esta dirección desarrollar planes de formación especializados, que estén dirigidos a quienes integran tanto los Comités Ciudadanos de Control Policial (CCCP) como otras formas de organización social interesadas en ejercer la contraloría social a fin de contribuir al mejor desempeño del servicio de policial.

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