PIE DE FUERZA

(NOTA: Este artículo fue publicado originalmente en el diario venezolano ÚLTIMAS NOTICIAS, como parte de la columna semanal del autor, denominada SEGURIDAD POR LA IZQUIERDA)

Pablo Fernández Blanco
La organización del servicio de patrullaje policial implica tomar en consideración varios elementos referidos al personal que se va a desplegar. Más allá del equipamiento (que por supuesto es importante) lo más relevante es el talento humano profesional con que se cuenta, es decir, los y las policías.
La organización del patrullaje se realiza de la siguiente manera, según lo establecen las normativas del modelo policial bolivariano:
Unidades: constituye el elemento básico operativo de despliegue policial. Su configuración varía según el medio utilizado para su desplazamiento. Una unidad de patrullaje está conformada por dos funcionarios policiales y el medio de transporte asignado. Así por ejemplo, en el caso de patrullaje vehicular, una unidad está constituida por un vehículo y dos oficiales de patrullaje; en el caso del servicio de patrullaje motorizado, una unidad se compone de dos funcionarios y dos motocicletas; de igual modo en el caso del uso de bicicletas; y en el caso del servicio de patrullaje a pie, la unidad está compuesta sólo por dos funcionarios policiales.
Escuadra: la escuadra es la agrupación táctica mínima de la organización policial y está compuesta por un supervisor o una supervisora de primera línea que tiene a su cargo entre seis y nueve unidades, es decir, entre doce y dieciocho policías.
Grupo: es una agrupación táctica que reúne varias escuadras. Está compuesta por un Supervisor General que puede tener a su cargo entre dos y seis escuadras. Eso sumaría entre un mínimo de 38 y un máximo de 114 funcionarios a cargo del supervisor general. Ese personal con el que se cuenta para la prestación del servicio es lo que se denomina el “pie de fuerza”.
Ahora bien, hay situaciones que pueden afectar ese pie de fuerza y que generan dificultades importantes en la prestación del servicio óptimo que espera la ciudadanía. Si bien los cuerpos policiales en sus nóminas cuentan con un determinado número de funcionarios y funcionarias, no significa que todos ellos y ellas están en las calles cumpliendo tareas policiales en las diferentes guardias o turnos establecidos. Uno de esos problemas que favorece la disminución del pie de fuerza real tiene que ver con los denominados “reposos”, originados por situaciones de diversa naturaleza y que lamentablemente no en todos los casos son producto de enfermedades, dolencias o situaciones reales que afectan al policía. Ello genera una merma del personal disponible que en el caso de algunos cuerpos policiales llega a ser muy significativa y preocupante. Es por ello que desde el Órgano Rector de la seguridad ciudadana se adelantan actualmente políticas para minimizar el flagelo de los que coloquialmente se conocen como “los reposeros”; funcionarios o funcionarias que se valen de múltiples y reiteradas estrategias ilegales o trampas para no cumplir con la prestación de su servicio policial.
El otro elemento que está siendo urgentemente sometido a revisión es el referido a las “comisiones de servicio”. Preocupa cuando en determinados cuerpos policiales se observa que altos porcentajes del personal no están prestando servicio en la policía sino que están prestados a otras instituciones, ya sea para cumplir funciones administrativas impropias al rol policial como para brindar una especie de “seguridad privada” a determinadas personas. En cualquiera de los casos, el uso inapropiado y abusivo de la figura de la comisión de servicio, es otra causal de la merma del pie de fuerza policial que se requiere para el servicio de patrullaje, y que afecta éste y otros servicios esenciales como lo son el de vigilancia, policía comunal, investigaciones o inteligencia.